Diputados dio media sanción a la adhesión de la Ley Nacional de Educación a Distancia
La norma contempla bajo la modalidad el desarrollo de trayectorias para los niveles medios los niveles y las modalidades de la educación obligatoria para menores de 18 años de edad.
En la sesión de este miércoles, la Cámara de Diputados le dio media sanción al proyecto que impulsa la adhesión a la Ley Nacional N° 27.550 de Educación a Distancia.
El proyecto impulsado desde el Bloque San Luis Unido por la diputada Fabiana Zárate (Avanzar) tenía despacho de la Comisión de Asuntos Constitucionales y a la Comisión de Educación. Finalmente hoy se aprobó por unanimidad y pasó al Senado para su tratamiento.
“Hubo consenso de todos los bloques en que era necesario adherir a la ley que permite la educación a distancia en un contexto como el que estamos transitando que es absolutamente histórico. Es una herramienta legal para hacer frente a una situación concreta de necesidades que los chicos no vayan a la escuela y que puedan seguir educándose”, evaluó la legisladora en declaraciones a El Chorrillero.
El Gobierno nacional tomó medidas para evitar la propagación de Covid-19, entre ellas la suspensión de las clases en los establecimientos educativos del país, desde el inicio de la cuarentena el 20 de marzo.
“La educación a distancia ha venido a dar una solución porque los chicos no podían ir a la escuela”, expuso Zárate.
La Ley 27.550, sancionada por el Congreso y luego promulgada el 30 de junio modificó el artículo 109 de la Ley 26.206 de Educación Nacional, establecía que los estudios a distancia sólo podía impartirse a partir de los 18 años y en el ciclo orientado del nivel secundario y en la modalidad rural.
La norma plantea que cuando la escolaridad presencial sea inviable y “únicamente en caso de epidemias, pandemias, catástrofes o razones de fuerza mayor que impidan la concurrencia las instituciones, será permitido transitoriamente el desarrollo de trayectorias educativas a distancia para menores de 18”.
La normal nacional contempla además, que en situaciones de excepcionalidad se deberán adoptar disposiciones para la reorganización: pedagógica (de acuerdo a los núcleos de aprendizaje prioritarios) e institucional, del régimen académico y de la capacitación docente.
“El Estado deberá atender a la provisión de recursos tecnológicos y conectividad que promuevan la igualdad educativa con condiciones de calidad, lo que debe ser especialmente atendido por el Gobierno provincial; y la adopción de las condiciones de salud y seguridad en el trabajo que se requieran conforme lo establezcan las negociaciones colectivas correspondientes”, señaló la legisladora.